Bill Gates abre el debate creando un impuesto para los robots y gravando el consumo de inteligencia artificial medido en tokens en su ensayo original, The turbulent AI era is here. The choices we make now are critical.
Cuando una empresa contrata a una persona paga salarios y cotizaciones. Además cuando sustituye parte de ese trabajo por software o maquinaria, puede deducir la inversión como gasto. El sistema fiscal, sostiene Gates, puede terminar premiando la sustitución acelerada de empleo.
Lo que propone realmente Bill Gates
Gates no presenta el impuesto como una solución completa. En su blog plantea una transición hacia unas nuevas instituciones nacionales e internacionales, una red de protección más flexible y determinados ámbitos Human Reserved, reservados a personas porque delegarlos en máquinas tendría un coste humano o social excesivo.
El impuesto serviría para ralentizar la sustitución y financiar recualificación y protección social, sin penalizar usos claramente beneficiosos como abaratar la medicina o la educación.
Pero presenta problemas difíciles:
- ¿Qué es exactamente un robot a efectos fiscales?
- ¿Se gravaría directamente un brazo industrial, un agente de IA que atiende clientes, una licencia de software o cada millón de tokens consumidos?
- ¿Cómo se evita penalizar a las empresas que utilizan IA para ayudar a sus trabajadores, en lugar de sustituirlos?
- ¿Y cómo impedir que el impuesto desplace la inversión hacia países con una fiscalidad más favorable?
Qué regula realmente el Reglamento de IA
El Reglamento de IA no crea ningún impuesto sobre los robots ni sobre los tokens. La propuesta de Gates es fiscal y necesitaría una norma distinta. El Reglamento europeo es una norma de seguridad, derechos fundamentales y gobernanza tecnológica.
Los tokens aparecen en el Reglamento únicamente como una posible medida técnica del tamaño o la calidad de los datos de entrenamiento al valorar modelos de propósito general con riesgo sistémico. No son una base imponible ni se grava cada consulta a un modelo. De hecho, el umbral principal para presumir capacidades de alto impacto se expresa en operaciones de coma flotante utilizadas durante el entrenamiento, no en tokens consumidos por los usuarios.
Modelo, sistema y robot no son lo mismo
Un modelo de IA de uso general o de uso general con riesgo sistémico es el componente que puede integrarse en muchas aplicaciones.

El sistema es la solución que, a partir de entradas, produce predicciones, contenido, recomendaciones o decisiones.

Un robot es una máquina física que puede incorporar uno o varios sistemas de IA, pero no todo robot es automáticamente un sistema de IA.

El Reglamento sí puede alcanzar a un robot cuando la IA controla su comportamiento, influye en el entorno físico o actúa como componente de seguridad. Algunos sistemas integrados en maquinaria pueden ser de alto riesgo si cumplen las dos condiciones de ser un producto o componente de seguridad cubierto por la legislación del anexo I y requerir una evaluación de conformidad por terceros (art. 6 RIA).
Por tanto, el Reglamento no clasifica fiscalmente «al robot». El RIA regula el sistema de IA y su uso concreto, de acuerdo con la normativa europea de máquinas y seguridad de producto. Un cobot programado con automatización convencional puede quedar fuera de la definición de sistema de IA. La valoración debe hacerse caso por caso.
Las obligaciones europeas que ya importan
Desde el 2 de agosto de 2026, el Reglamento de IA es aplicable con carácter general y las autoridades nacionales y la Oficina Europea de IA han asumido funciones de supervisión y ejecución. También han comenzado a aplicarse las obligaciones de transparencia del artículo 50.
El calendario debe leerse con precisión. Las obligaciones para los sistemas de alto riesgo utilizados en empleo, educación, infraestructuras críticas o acceso a servicios esenciales no entran todas en aplicación al mismo tiempo. Tras los cambios del denominado AI Omnibus, las reglas para varios usos de alto riesgo del anexo III se aplicarán desde el 2 de diciembre de 2027, mientras que las relativas a sistemas integrados en productos regulados se desplazan al 2 de agosto de 2028, según el calendario actualizado de la Comisión Europea.
Qué deberían hacer ahora las empresas
Esperar a 2027 para organizar el uso corporativo de la IA podría dejarnos en una posición muy retrasada en el mercado. Un plan razonable debería incluir:
- Inventariar los sistemas de IA.
- Distinguir el modelo, el sistema y el producto físico, identificando quién es proveedor, integrador y responsable del uso.
- Identificar los usos que afectan a trabajadores o candidatos, porque pueden quedar dentro de categorías de alto riesgo.
- Documentar la finalidad, los datos y los límites de cada sistema, con supervisión humana real y controles de transparencia.
- Medir el impacto laboral. Tareas desplazadas, nuevas competencias, calidad del empleo y recualificación del personal.
Reflexión
La reflexión de Gates se centra en la idea de que sustituir personas resulta más barato que invertir en ellas.
La transición puede ser inevitable y por eso el enfoque europeo nos aportaría esa gobernanza necesaria antes del posible daño en la estructura del empleo. El problema lo trasladaríamos en resolver quién pagaría esta transformación y quién se beneficiaría de ella.
El futuro del trabajo lo decidirán también las decisiones fiscales, jurídicas y empresariales que tomemos alrededor de ella. El Reglamento de IA ya ha empezado a cambiar esas decisiones. Y la propuesta de Gates nos recuerda que los interrogantes no han hecho más que empezar.
Fuentes
- Bill Gates, Gates Notes: «The turbulent AI era is here. The choices we make now are critical».
- Fortune: «Bill Gates wants to tax robots to deter businesses from replacing humans with machines», 26 de agosto de 2026.
- Reglamento (UE) 2024/1689 de Inteligencia Artificial, texto oficial en EUR-Lex.
- Comisión Europea: marco regulador europeo de inteligencia artificial y calendario de aplicación.
- Comisión Europea: preguntas y respuestas sobre modelos de IA de propósito general.
Este artículo ofrece un análisis divulgativo y no constituye asesoramiento jurídico.

Abogada especializada en Inteligencia Artificial Generativa, LLMS y ética de la IA. Participa en la elaboración del Código de Buenas Prácticas de la Comisión Europea y la Oficina Europea de IA, que regulará el uso de modelos de IA de propósito general en la UE. Miembro de OdiseIA en el área robots-persona.

